noviembre 17, 2021

BOE-A-2021-18871 Resolución de 29 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Academia de la Moda Española.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Academia de la Moda Española.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Beatriz González-Cristóbal Poyo y la Asociación de creadores de Moda de España según resulta de la escritura otorgadas ante el notario de Madrid don Andrés Domínguez Nafría el 21 de febrero de 2020 con los números 682,683 y 684 de protocolo modificada por otra otorgada ante el mismo notario el 4 de noviembre de 2020 protocolo 4458.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle León, 24, 28014 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y han sido desembolsados siete mil quinientos euros (7.500 €) que se acredita con la certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La promoción de la moda española y su reconocimiento tanto a nivel nacional como internacional.

La recuperación y promoción de la moda española de creador y de los oficios tradicionales de la moda española en general.

El fomento de la sostenibilidad y trazabilidad de las empresas de la moda española, así como de la responsabilidad medioambiental y social de las mismas.

Promover el uso de las nuevas tecnologías en los procesos creativos del sector de la moda conjugando I + D + I + T (Investigación + Desarrollo + Innovación + Tradición).

Quinto. Patronato.

Don Modesto Lomba Caneda, doña María José Bueno Fidel, don Juan José Oliva Ruiz, doña Helena Rohner Bañares, don Juan Duyos Román y doña Beatriz González-Cristóbal Poyo.

Cargos:

Presidente: Don Modesto Lomba Caneda.

Vicepresidenta: Doña María José Bueno Fidel.

Secretaria no patrono: Doña Renata Mendaña Navarro.

Vicesecretaria no patrono: Doña Cristina Mesa Sánchez.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de Competencia Estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 21 de febrero de 2021.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Academia de la Moda Española Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 29 de junio de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

Fuente

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