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BOE-A-2021-6526 Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Contigo Contra el Cáncer de la Mujer.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Contigo Contra el Cáncer de la Mujer resultan los siguientes: Antecedentes de hecho Primero. Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Javier Cortés Castán según consta en la escritura otorgada ante la Notario de Granollers, doña Ana Maria Fortuny Subirats, el 13 de marzo…

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Contigo Contra el Cáncer de la Mujer resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Javier Cortés Castán según consta en la escritura otorgada ante la Notario de Granollers, doña Ana Maria Fortuny Subirats, el 13 de marzo de 2020 con el número 579 de protocolo subsanada por escritura otorgada ante la misma notaria el 26 de noviembre de 2020 protocolos 2011 y 2012 y mediante diligencia de 17 de febrero de 2021.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Monte Esquinza, núm. 30, 28010 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros ciento sesenta y ocho euros (30.168 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La promoción y realización de proyectos de investigación médico-científicos para luchar contra el cáncer que afecta a las mujeres, y principalmente el cáncer de mama, y búsqueda de nuevos tratamientos médicos que puedan mejorar la salud y calidad de vida de los enfermos afectados por dicha enfermedad.

Quinto. Patronato.

Don Javier Cortés Castán, don Oscar Pierre Prats, doña María del Carmen Pérez Solano, doña María José Caruana Font de Mora, doña Mercedes Montserrat Costa García, doña Montserrat Almirall Civit, doña Isabel Teresa Rubio Rodríguez, doña Isabel Martínez-Consentino Ramos, doña Laura García Estévez, don Jose Manuel Pérez García, doña Clara Balletbó Mateu y doña Rosa Lleal Tost. Cargos:

Presidente: Don Javier Cortés Castán.

Secretaria: Doña Montserrat Almirall Civit.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho.

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 5 de febrero de 2021.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Contigo Contra el Cáncer de la Mujer su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante el Secretario de Estado del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 18 de febrero de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, Sofía Puente Santiago.

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