Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Salesland.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Salesland, SL, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid doña Isabel Estapé Tous, el 16 de julio de 2019, con el número 2.914 de protocolo subsanada por otras otorgadas ante la misma notaria, el 17 de febrero de 2021 protocolo 780, 29 de julio de 2022, protocolo 3.899 y 10 de mayo de 2023, protocolo 1.690.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Albasanz, 46, CP 28037 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada totalmente según se acredita con certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
Contribuir a la reducción del abandono escolar mediante programas de refuerzo educativo para niños y niñas en riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas.
Trabajo en valores mediante la práctica del deporte y un programa de actividades científicas diseñado para niños y niñas, como instrumentos educativos susceptibles de contribuir al desarrollo integral de los participantes y como factor de integración social.
Apoyo a la inclusión laboral de los progenitores y familiares de los niños y niñas en riesgo de exclusión mediante la formación específica para la mejora de la empleabilidad.
Quinto. Patronos.
Don Miguel Artero López, don Javier Artero López, don Fernando García-La Higuera y don Ángel Luis Valverde Huerta.
Cargos:
Presidente: Don Miguel Artero López.
Vicepresidente: Don Javier Artero López.
Secretario: Don Ángel Luis Valverde Huerta.
Tesorero: Don Fernando García-La Higuera.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las fundaciones de competencia estatal.
Segundo.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 14 de marzo de 2023.
Tercero.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Salesland patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 22 de mayo de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, Sofía Puente Santiago.