Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Brico Depôt Iberia resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil «Euro Depot España S.A.U.» según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Barcelona don Miquel Tarragona Coromina el 13 de diciembre de 2021 con el número 3119 de protocolo.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle La selva número 10, Edificio Inblau.A 1.º El Prat de Llobregat C.P. 08820 Barcelona y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
La promoción de iniciativas de asistencia social, inclusión social y de fomento de la economía social, destinados a satisfacer las necesidades básicas de personas y colectividades que se encuentren en situación de precariedad, exclusión social o en grave riesgo de estarlo. por razones físicas, económicas, sociales, culturales, o como consecuencia de accidentes o desastres naturales.
La Fundación también tendrá como finalidad promover el voluntariado social y sensibilizar a la sociedad civil respecto a la problemática de la pobreza de niños y jóvenes.
Quinto. Patronato.
Don Michael Philippe Foulds, doña Caroline Jane Welsh y don Jordi Casany Marques.
Cargos:
Presidente: Don Michael Philippe Foulds.
Secretario no patrono: Don Ricardo Gil López.
Vocales: Doña Caroline Jane Welsh y don Jordi Casany Marques.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de Competencia Estatal.
Segundo.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 18 de febrero de 2022.
Tercero.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Brico Depôt Iberia, Patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 25 de febrero de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.