BOE-A-2021-13534 Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Emerge.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Emerge.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por las entidades mercantiles «Inn Offices Group, S.A.» y «Dogesport S. Coop. And de Interes Social» según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Mairena del Aljarafe don Luis Barriga Fernandez el 8 de junio de 2017 con el número 2080 de protocolo complementada por otras otorgadas ante el mismo notario el 1 de junio de 2020 protocolo 1549, otra ante el notario de Mairena del Aljarafe don Roberto López-Tormos Pascual como sustituto, por imposibilidad accidental de don Luis Barriga Fernandez y para su protocolo el 11 de febrero de 2021 protocolo 1129.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Estadio Olímpico de la Cartuja, puerta A, DP. 41.092 Sevilla y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000€). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

El fin fundacional está básicamente orientado al fomento, la promoción y el desarrollo del talento mediante el impulso a la educación, investigación, creación artística, emprendimiento, deporte y cualquier otra plataforma de expresión del potencial humano.

Quinto. Patronato.

Don Miguel Ángel Cortés Aranda, don Manuel Reyes Sanchez, doña María Arellano Velázquez, don Francisco Javier Muñoz Cintado y don Pedro Navarro Serrato.

Cargos:

Presidente: Don Miguel Ángel Cortés Aranda.

Vicepresidente: Don Manuel Reyes Sanchez.

Secretaria: Doña María Arellano Velázquez.

Tesorera: Doña María Arellano Velázquez.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 14 de marzo de 2021.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Emerge, Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante el Secretario de Estado del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 26 de abril de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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