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Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Aralia.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Aralia Servicios Sociosanitarios, SA, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Valladolid, don Jesús Martínez-Cortés Gimeno, el 7 de julio de 2022 con el número 2487 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante el mismo notario el 1 de febrero de 2023 protocolo 235.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Ayala, 95, Bajo, 28006, Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Cincuenta mil euros (50.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada totalmente según se acredita con certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La atención, cuidado y asistencia social a personas de la tercera edad, menores, discapacitados, mujeres y colectivos en situación de exclusión o desamparo social, desfavorecidos o desprotegidos por cualquier causa, desempleados y desempleados de larga duración, trabajadores sin cualificación profesional, incluidos procesos de formación, procurando su bienestar e incorporación en el mercado laboral, favoreciendo en la medida de lo posible el acceso al mismo, incluyéndose las actuaciones sanitarias que tiendan al cumplimiento de los fines fundacionales. Se incluyen en los anteriores fines las actuaciones relativas a la protección de la salud, al cuidado y atención asistencial de personas.

La conservación, mantenimiento y rehabilitación de bienes inmuebles y patrimonio, cuando sean bienes de interés cultural y la defensa del medio ambiente.

Quinto. Patronos.

Doña Soledad Ulibarri Fernández, doña Adriana Ulibarri Fernández y don Álvaro Antonio Durán Guillén.

Cargos:

Presidenta: Doña Soledad Ulibarri Fernández.

Vicepresidenta: Doña Adriana Ulibarri Fernández.

Vocal: Don Álvaro Antonio Durán Guillén.

Secretario no patrono: Don Alberto Barbero Íñigo.

Directivos.

Patrono delegado: Don Álvaro Antonio Durán Guillén.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 14 de abril de 2023.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Aralia patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 27 de abril de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, Sofía Puente Santiago.

Fuente

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