BOE-A-2023-3450 Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Aviapartner.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Aviapartner.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Aviapartner Spain, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid don Francisco Javier Gardeazábal del Río el 28 de marzo de 2022 con el número 1.382 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante el mismo notario el 31 de octubre de 2022 protocolo 4.724.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Carretera del Aeroclub -Terminal de Aviación General, s/n, 1 2-11 29004 de Málaga y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada totalmente según se acredita con la certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Favorecer y promover la formación educativa en general y en especial en el ámbito universitario relacionada con el sector de la aviación.

Favorecer y promover la inserción en el mercada laboral en general y en especial de personas vinculadas con el sector de la aviación.

Favorecer y promover la responsabilidad social de las empresas como una parte esencial de su estrategia.

Favorecer, promover, impulsar, diseñar e implementar iniciativas de igualdad de género, favoreciendo la inserción de la mujer en el mercado laboral en igualdad de condiciones, así como el fomento de su participación en todos los sectores de la vida pública y privada, en especial del sector de la aviación.

Favorecer y promover el respecto a la diversidad, entendida en su más amplio espectro, como factor clave para el desarrollo personal y profesional, promoviendo la Igualdad de oportunidades.

Quinto. Patronos.

Doña Tais Iglesias Arauzo, doña Nuria Constants Sola, don Maurits Beerepoot, don Miguel Salido Romero y doña Eva Vanallemeersch.

Cargos:

Presidenta: Doña Tais Iglesias Arauzo.

Secretario: Doña Nuria Constants Sola.

Vocales: Don Maurits Beerepoot, don Miguel Salido Romero y doña Eva Vanallemeersch.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 20 de diciembre de 2022.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Aviapartner patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 30 de diciembre de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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