BOE-A-2022-19244 Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Restaurantes Sostenibles.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Restaurantes Sostenibles.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Sergio Gil Flores según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Valderrobres don Jorge Jiménez Coma el 6 de julio de 2021 con el número 501 de protocolo, rectificada por otra otorgada ante el mismo notario el 14 de febrero de 2022, protocolo 121.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Monroyo (Teruel), Casa S/N, sita en finca ubicada en Polígono 2, Parcela 527 con CP 44652 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Cincuenta y ocho mil euros (58.000 €) La dotación es no dineraria, y se constituye mediante la aportación de un solar sito en Olesa de Bonesvalls, urbanización Pla del Pelach, parcela número 64, con referencia catastral número 6900121DF0860S-0001/IL, inscrito en el Registro de la Propiedad de Sitges, Tomo 1745, Libro 34, Folio 196, finca número 1856, habiendo sido tasada en la cantidad indicada por el arquitecto don Luis Berruete Martínez.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Fines culturales: Protección del patrimonio material e inmaterial de la restauración española, basándose en la sostenibilidad como eje de actuación, entendiéndose eso por garantizar el legado a generaciones futuras.

Fines medioambientales, culturales y desarrollo sostenible: Preservar el medio rural y natural, así como la gastronomía tradicional de nuestros territorios nacionales.

Fines de desarrollo sostenible: Potenciar un desarrollo sostenible en el mundo de la restauración desde el sector primario al terciario, promoviendo un proceso sostenible completo.

Quinto. Patronos.

Don Sergio Gil Flores, doña Marta Rodríguez Peralta, don Mario José Ignacio Cañizal Villarino y la entidad Begues Directa, SL, representada por don Sergio Gil Flores.

Cargos:

Presidente: Don Sergio Gil Flores.

Secretaria: Doña Marta Rodríguez Peralta.

Vocales: Don Mario José Ignacio Cañizal Villarino y la entidad Begues Directa, SL, representada por don Sergio Gil Flores.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 27 de junio de 2022.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Restaurantes Sostenibles patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 31 de agosto de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

Fuente

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