«Explotación Turística de Viviendas. Dicha actividad está prevista y regulada por la Ley de Turismo, por lo que, en conformidad con su contenido, queda prohibida la explotación turística de viviendas en el complejo residencial».
En el recurso interpuesto por don J. A. S., abogado, en nombre y representación de doña M. M. G. H., contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Tacoronte, don Ramón Martín-Ambrosio García-Arquimbau, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración turístico por…
