Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Análisis de Política Exterior.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Estudios de Política Exterior, SA, según resulta de la escritura otorgada ante la notaria de Barcelona doña Berta García Prieto, el 18 de febrero de 2022, con el número 297 de protocolo, subsanada por otras otorgadas ante la notaria de Madrid doña Ana Fernández-Treguerres García el 2 de agosto de 2022 protocolo 2207 y el 21 de septiembre de 2022 protocolo 2567.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Núñez de Balboa, 49 de Madrid CP 28001 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada totalmente según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Lley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
El conocimiento y análisis de la realidad internacional y de las relaciones exteriores de España en todos sus aspectos y servir de centro de pensamiento y generación de análisis que resulten útiles para la toma de decisiones de los responsables públicos, los dirigentes de empresas privadas e instituciones públicas, agentes sociales y académicos.
Quinto. Patronos.
Don Rafael Atienza Medina, don Darío Valcárcel, don Javier Benjumea Llorente, don Joaquín Tamames Meyer, don José María de Areilza Carvajal, don José Gómez Navarro Navarrete, don Carlos López Blanco y don Josép Piqué i Camps.
Cargos:
Presidente: Don Josép Piqué i Camps.
Secretario: Don Carlos López Blanco.
Directivos:
Directora General: Doña Aurea Molto Sánchez.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Segundo.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 7 de septiembre de 2022.
Tercero.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Análisis de Política Exterior patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 3 de octubre de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.