BOE-A-2022-20976 Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Baviera Responsable.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Baviera Responsable.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Fernando Juan Llovet Osuna, don Eduardo Baviera Sabater, don Julio Baviera Sabater y la entidad mercantil Clínica Baviera, SA, según resulta de la escritura otorgada, ante el notario de Madrid don Francio Consegal García el 30 de mayo de 2022 con el número 3702 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en el Paseo de la Castellana, 20, 28046 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria, habiendo sido desembolsada totalmente según se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Fomentar la investigación, la docencia, la formación continuada y la calidad de la asistencia en cualquier campo relacionado con la oftalmología y ayudar a la lucha contra la ceguera en cualquier parte del mundo.

La asistencia social tanto en España como en el extranjero, a los colectivos más desfavorecidos, que se encuentren en riesgo de exclusión o marginación social o en régimen de necesidad con especial atención a las familias y menores que vivan en ambientes poco favorables para su desarrollo social/intelectual y económico.

La asistencia sanitaria y la lucha contra enfermedades, tanto a nivel nacional como en el extranjero.

Fomento de la responsabilidad social de las empresas (RSE) en el ámbito nacional e internacional, guiado siempre por criterios sociales, medioambientales y de buen gobierno.

La inversión socialmente responsable y responsabilidad social de las empresas (en adelante ISR y RSE) en el ámbito nacional e internacional. Se considera como RSE y ISR a los efectos de los presentes Estatutos el compromiso de la Fundación con la sociedad y el medio ambiente. Por ello, se realizarán acciones encaminadas a promover el desarrollo económico, mejorar las condiciones humanas, los derechos de las personas, con especial referencia a las personas y colectivos menos favorecidos, y participar en inversiones socialmente responsables, bajo criterios sociales, medioambientales y de buen gobierno.

Contribuir a la mejora de la calidad de vida de las personas y al desarrollo social del personal de Clínica Baviera.

Quinto. Patronos.

Don Fernando Juan Llovet Osuna, don Eduardo Baviera Sabater, don Julio Baviera Sabater y la entidad mercantil Clínica Baviera, SA.

Cargos:

Presidente: Don Eduardo Baviera Sabater.

Secretaria no patrono: Doña Teresa Ramos Baeza.

Vocales: Don Fernando Juan Llovet Osuna, don Julio Baviera Sabater y la entidad mercantil Clínica Baviera, SA, que nombra como persona física representante a doña Yongmei Zhang.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 13 de octubre de 2022.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Baviera Responsable patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 2 de noviembre de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

Fuente

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